Una sentencia del TSJA avala la compatibilidad de los alcaldes de Játar y Fornes, según el PSOE



Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala, según el PSOE, la legalidad de la actuación de los alcaldes pedáneos de Játar y Fornes, núcleos de Arenas del Rey, que serán enjuiciados por presunta toma de posesión de cargos sin reunir los requisitos legales.


Imagen superior: José Entrena y Elvira Ramón durante la rueda de prensa.

 Francisco J. Martín y Salustiano Pérez, alcaldes de Játar y Fornes, respectivamente

 El fallo del TSJA ha sido dado hoy a conocer en rueda de prensa por el PSOE, partido al que pertenecen estos dos alcaldes, después de que el PP informara ayer de que la Audiencia de Granada ha confirmado el auto dictado por el Juzgado de Instrucción 1 de Loja, que acordó que se siguiera por procedimiento abreviado la causa.

 La causa se abrió después de que el PP pusiera en conocimiento de la Fiscalía la posible comisión de un delito por parte de estos dos alcaldes pedáneos por tomar posesión como miembros de la Mancomunidad de Municipios de Alhama en su condición de concejales del Ayuntamiento de Arenas del Rey cuando ya no lo eran.

 El fiscal solicitó la apertura de juicio oral contra los acusados, para los que pidió dos años de suspensión de empleo o cargo público y multa de 2.400 euros por un delito de prevaricación.

 Los acusados, que pedían el sobreseimiento de la causa, presentaron un recurso de reforma contra el auto que acordó la continuación de las diligencias, que fue desestimado por el juez, quien decretó la apertura de juicio, aunque los procesados optaron por presentar otro recurso subsidiario de apelación, sobre el que ahora se ha pronunciado la Audiencia en un auto en el que ratifica al Juzgado sin entrar en el fondo de la cuestión del litigio.

 Pero según ha informado hoy la secretaria de Política Municipal del PSOE de Granada, Elvira Ramón, una sentencia del TSJA, ratificada por el Tribunal Supremo y dada a conocer en rueda de prensa, avala la legalidad de la actuación de los regidores.

 En concreto, la resolución judicial deroga el artículo 60 del Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales de 30 Agosto de 2005, que establecía que “en ningún caso será compatible el mantenimiento de acta de persona Concejal con el de alcaldía o presidencia de la ELA o de vocal de su Junta Vecinal”.

 Basándose en ese artículo, que según la dirigente socialista “le venía al PP como anillo al dedo en su estrategia de acoso a los alcaldes socialistas”, denunciaron a ambos regidores, que dimitieron en su momento como concejales “precisamente por ese precepto”.

 Ramón ha explicado también los propios estatutos de la Mancomunidad de Alhama, que dicen que “los municipios en los que existan Entidades Locales de carácter submunicipal, cuyo ámbito competencial coincida, en todo o parte, con los servicios que presta esta Mancomunidad, podrán dar representación a los miembros de éstas, en detrimento del número de miembros que le correspondería en la escala anterior, adoptando acuerdo al respecto”.

 Por todo ello, el PSOE ha acusado al PP de “ocultar información” para mantener la “campaña de acoso” contra alcaldes socialistas.

- Origen de la noticia.