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Cacín en la edad moderna (III)

Publicamos el cap. III de la Edad Moderna en Cacín: su pase a propiedad el marqués de Mondéjar; la rebelión morisca de 1568; y una panorámica del pueblo durante el siglo XVII. 

(Fragmentos del libro “Las Edades de Cacín” (Eusebio Pérez Gómez, 2025)

Cacín en la edad moderna (III)

1. Cacín, propiedad del Marqués de Mondéjar

 A partir de 1512, el rey Fernando el Católico crea el marquesado de Mondéjar, en favor de Íñigo López de Mendoza y Quiñones. De esta manera Don Íñigo, conde de Tendilla, asume el título de primer marqués de Mondéjar. El Emperador Carlos V dispone, el 9 de septiembre de 1541, que, en adelante, el condado de Tendilla se sucediese como título de espera para los primogénitos de la casa del marquesado de Mondéjar. Así los descendientes herederos del Conde Tendilla se denominarán marqueses de Mondéjar. El primogénito Luis Hurtado de Mendoza en 1530, será segundo marqués heredero y propietario de Cacín y sus tierras.

 Esta familia noble fue leal sostén de la monarquía  de los Austrias a excepción de la hija de Don Iñigo: María López de Mendoza y Pacheco, conocida popularmente por María Pacheco. La casaron por conveniencia con Juan Padilla, pero después su relación fue muy amorosa con un fuerte lazo entre ellos. Este Juan Padilla fue decapitado como líder comunero contrario a la monarquía de Carlos V de Austria. Su mujer María Pacheco, viuda, abrazó la causa comunera y se hizo fuerte en Toledo enfrentándose a las fuerzas reales. Ante la irremediable derrota, huyó a Portugal bajo la protección del rey Manuel I. Se la juzgó estando en el exilio y fue condenada a muerte. Por ello no pudo regresar, a pesar de su deseo, y vivió en Braga y Oporto donde murió. Se le dio sepultura en la capilla de San Gerónimo de la Catedral de Oporto. En definitiva, esta mujer de salud débil, pero con una formación humanista extraordinaria, se convirtió en heroína en defensa de los principios comuneros. Tal vez el garbanzo negro de la familia Mondéjar.

 Finalmente, Felipe V otorga a la casa Mondéjar la grandeza de España (máxima dignidad de la nobleza española) en 1724.

 Esta reseña nos ayudará a entender que los herederos de Don Iñigo, conde de Tendilla, se les denomine marqueses de Mondéjar. Y que, como sucesores, son propietarios de Cacín y sus tierras.

 A mediados del siglo XVI la cuenca del rio Cacín adquirió un protagonismo especial. A consecuencia de la construcción del palacio de Carlos V, su arquitecto Pedro Machuca decidió extraer las columnas para dicho palacio de una sedimentación rocosa asentada en una ladera del río, concretamente en el Turro. Es una roca que a primera vista no tenía especial valor ya que estaba compuesta por trozos de minerales como pizarras, cuarzos, serpentina, cuarcitas que fueron pulimentadas por la erosión fluvial y compactadas, hace ocho millones de años, por sedimentos más finos que hicieron de argamasa. Se la conocía como roca de jaspe o almendrilla. Ante la falta de presupuesto para la adquisición de unas columnas de mármol macael, (cinco veces más caro), se optó por esta piedra más pobre que, sin embargo, le ha aportado una riqueza policromada peculiar y una personalidad singular de la que goza.

 Se tallaron a pie de cantera 69 columnas de fuste liso de más de cinco metros de longitud por unos 60 cm. de diámetro con capiteles dóricos y jónicos; de ellas 64 constituyeron el patio circular interior; 32 dóricas en la planta baja y otras tantas jónicas en el piso superior. Se transportaron en sólidas carretas tiradas por bueyes aguantando un peso de casi 3.000 kilos.  Una de ellas se rompió a medio camino y hoy se encuentra parte de su fuste en la plaza del Ayuntamiento de Chauchina. Para acceder al interior del recinto de la Alhambra, se abrió en la muralla, expresamente, la puerta de “los Carros”.

 Como testimonio y testigo de las canteras de donde se extrajeron las columnas, tenemos el “Niño del Turro”, una mole semiesférica de este conglomerado pétreo que se encuentra en la entrada del Turro.

 Durante el siglo XVI, Cacín fue una alquería predominantemente morisca, como las otras alquerías pertenecientes al Concejo de Alhama. La explotación de las tierras se realizaba mediante el arrendamiento libre. Sin embargo, en Cacín, propiedad del Conde de Tendilla - y, posteriormente, de los Marqueses de Mondéjar -, siempre está presente el deseo de emanciparse de la jurisdicción real y establecer sus propios lazos señoriales. Así lo manifiesta el Conde en su correspondencia:

 Pero como yo no se que Caçin tenga obligación de pagar eso ni esotro, porque los heredamientos son míos y los renteros no tienen nada suyo…

 No obstante, Cacín, alquería un tanto peculiar, se beneficia del “Repartimiento” que se efectuó en el 1504. Se distribuyen 264.990 pesantes, y 7 dineros para el Reino de Granada. A Alhama y sus alquerías les pertenecen 757 pesantes y 3’5 dineros (los pesantes era una moneda de plata que equivalía a 10 dineros).

 El reparto entre las alquerías queda así:

Arenas   213 pesantes y  7’5 dineros
Játar 119 pesantes y    7 dineros
Jayena 128 pesantes y    2 dineros
Fornes   34 pesantes y    2 dineros
Cacín 170 pesantes  
Santa Cruz     8 pesantes y   5’5 dineros

 Este repartimiento está en concordancia con el número de vecinos de cada alquería. Galán Sánchez y Peinado Santaella hacen una relación de 8`55 pesantes por vecino; y con el coeficiente de 5 personas por vecino, podemos calcular el número de habitantes de cada alquería. En el caso de Cacín tendríamos 100 personas.

 En el apéndice estadístico de Ángel Galán Sánchez (Volumen demográfico de los lugares de poblamiento morisco del reino de Granada en el año 1504), Cacín contaba con 20 vecinos moriscos.

 La mayoría eran moriscos. Como señala Julio Baroja, había un buen entendimiento con los cristianos; la confianza era tal, que había lugares en los que algunos de los moriscos eran alcaides mayores.

2. La rebelión morisca

 La concordia y el buen entendimiento entre moriscos y cristianos se rompió la noche de Navidad del 1568, durante el reinado de Felipe II: en el Albaicín, barrio granadino morisco por excelencia, estalla una revuelta sangrienta, que tuvo repercusión en otros lugares de reino granadino, como fue Alhama.

 Diego Hurtado de Mendoza, hijo del Conde de Tendilla, poeta y cronista, describe así esa noche: 

 La noche de Navidad, que la gente de todos los pueblos está en la iglesia, desarmados, torpes con el frío, suspensos con la devoción, fácilmente podían ser oprimidos de gente atenta, armados, sueltos y acostumbrados a asaltos semejantes.

 La sublevación se extendió. Concretamente, como relata Salvador Raya, unos días después, el 28 de diciembre, el Concejo de Alhama recibe una carta del Marqués de Mondéjar, Capitán General del reino de Granada. Ordena que se reúna gente útil para el combate y se dirijan al lugar de Gavia con Capitán bajo pena de vida. Por ello se acordaba tocar a rebato, convocar a los vecinos útiles en la plaza mayor, y hacer público conocimiento de la carta.

 Esta rebelión morisca creó gran inseguridad en la región de Alhama, y, por ello, el Cabildo Capitular escribía al Marqués de Mondéjar, para comunicar el estado de la ciudad y fortaleza, y conseguir el envío de refuerzo, informando que los moros habían perpetrado algunos asesinatos -dos hombres en Játar y cautividad de dos muchachos a media legua de Alhama-. A ello hay que sumar veinte bajas desde el levantamiento, y la amenaza diaria que se cernía en todo el término. Los ganaderos y labradores no se atrevían a retirarse del poblado.

 En marzo de este año, el Marqués de Mondéjar pide licencia al Concejo de Alhama para cortar pinos y reparar las casas en Cacín. 

 Para asegurar la tranquilidad ante otra posible sublevación, se regula por la Corona un trato a los moriscos, con diversas disposiciones sobre qué hacer y qué cuidado tener con ellos.

 No tenemos datos concretos de la sublevación en Cacín y los consecuentes daños. Posiblemente, no tuvo grandes consecuencias, por el control prioritario que el Marqués ejercía sobre su pueblo; pero algo tuvo que ocurrir cuando se cortó madera para reparar inmuebles.

 En 1572, la insurrección morisca no sólo ha cesado, sino que parece que han desaparecido los moros en nuestro territorio, como consta en las Actas Capitulares, tras el decreto de la expulsión morisca de 1609.  

 Cacín, como las otras alquerías, estaba bajo la jurisdicción de Alhama; pero, a su vez, durante los siglos XVI, XVII y XVIII, perteneció a dicho marquesado. Y siempre, ante la menor discrepancia con el Concejo de Alhama, el marqués defiende con rotundidad sus propiedades sobre el pueblo, y reclama sus derechos.

 Son frecuentes las manifestaciones que hace el Marqués en defensa de sus derechos y su interés por los bienes que hay en el pueblo, que considera suyos. Por ejemplo, en una de sus escrituras para la explotación de la tierra, fechada en Alhama el 5 de agosto de 1565, llega a un acuerdo con los vecinos de Alhama, Jerónimo de Vallarta, que tiene diez fanegas de tierra, y Álvaro Mateo, para explotación de dichas tierras de Cacín, que están en barbecho. Se compromete Jerónimo a sembrarlas de cebada, encargando a Álvaro los trabajos de siembra, siega, barcina, etc. Del producto obtenido, se retirará el diezmo y la renta del Marqués de Mondéjar. Lo restante será repartido a partes iguales entre los dos otorgantes.

3. Cacín durante el siglo XVII

 En el siglo XVII, Cacín continúa siendo una alquería, dependiente de Alhama jurisdiccionalmente. La población morisca prácticamente desaparece desde la expulsión definitiva de 1609. El marquesado de Mondéjar continúa siendo propietario de Cacín durante todo el siglo, en un régimen de “manos muertas”: propiedades que no se podían vender, sino que, por el contrario, había que mantener con el mismo sistema de producción como se había heredado. Por consiguiente, casas y tierras pertenecen al marqués, que arrienda a sus vecinos.

 La información que tenemos de este siglo la hemos obtenido de las Actas Capitulares del Archivo Municipal de Alhama y de la obra de Salvador Raya. Por ello, la información que damos se ciñe principalmente a las citas de dichas Actas. 

 En 1612, realiza el marqués una petición al Concejo, para cortar madera de pino y reparar viviendas. Indica que en modo alguno se estableció señorío en la alquería, como se dijo. Pero sí, como propietario, repitió peticiones similares durante el S. XVII.

 En 1622, pidió licencia para cortar 80 pinos, para reparar una presa de contención construida en el río, con el objetivo de regar la vega baja de Cacín, y hacer canalones a fin de conducir el agua a los malos pagos. En 1625, solicita cortar 300 pinos para las obras de sus cortijos. Es significativa la referencia “para reparar una presa”, de la que podemos deducir que, posiblemente, en estas fechas fue cuando se planteó y planificó por primera vez la necesidad de controlar y administrar el caudal del río. 

 La relación entre Concejo y marqués parece que no era muy satisfactoria, sobre todo para este último, ya que el Concejo no daba prioridad a sus solicitudes. Un episodio ocurrido en 1526, evidencia que el marqués, al dirigirse a la justicia para que dejase libres a sus criados (estos habían sido prendidos por cortar madera en la jurisdicción, para reparar sus cortijos de la alquería), se quejó, al mismo tiempo, de la falta de respeto hacia su nombre, siendo nieto del que derramó su sangre por Alhama. 

 La madera era un bien codiciado por carboneros y leñadores furtivos, que la robaban; en Cacín, los mismos vecinos, armados, iban al encuentro de estos furtivos.

 En 1628, vuelve a hacer otra petición para hacer un embalse mayor.

 Pensamos que fue en este momento histórico cuando se construyó el embalse de “Las presas“, debido a que era el lugar estratégico donde se abre la vega después de los Tajos. Desde aquí, se pueden abrir canales, como el caz, para conducir el agua hasta el molino harinero, al que se hace referencia en otros documentos. En 1718, el molinero de Cacín estaba exento de pagar contribuciones concejiles y reales. Por su situación, cerca del pueblo, tuvo que ser el mismo que ha perdurado hasta la década de los años setenta del siglo pasado. No se menciona quién era el propietario del molino; sin embargo, en 1751 - 33 años más tarde -, en el Catastro de Ensenada, se confirma que el dueño es el marqués de Mondéjar, como veremos en páginas sucesivas.

 El Algar, conocido en la documentación como “Algar de Cacín”, debió de estar dentro del término de Cacín, considerado como una pequeña alquería o cortijada, que apostamos por ubicar en la ribera del río, debajo de Arenas del Rey, hoy ocupada por el pantano de los Bermejales; y ello, por el hecho, como hemos apuntado en páginas anteriores, de que a la zona que separa Arenas del pantano se la llama hoy la cuesta del Algar. Por otra parte, hemos encontrado documentos en los que se le da el nombre de Algar al río, desde los tajos hasta su nacimiento.

 Por el decreto de expulsión de los moriscos de 1609, se ordenó que a todos los moriscos y familia del Reino de Granada se les daba tres días para que abandonasen sus casas, enseres y propiedades, y embarcasen en galeras y navíos que estaban aprestados. Si después del plazo otorgado se encontraba algún morisco en tierras del reino, podía ser entregado a la justicia; y si se resistía, se le podía matar.

 Este decreto no tuvo relevancia en Alhama y alquerías, como se desprende de las sesiones correspondientes a esta fecha: no existía población morisca en nuestro entorno después de la rebelión de 1568.

 En 1654, comparecen los comisarios encargados por el Concejo para determinar las alcabalas que los lugares de la jurisdicción debían pagar durante nueve años.

Poblaciones Contribución de alcabalas
Arenas 9.400
Cacín 4.500
Fornes 2.500
Játar 1.50

 La “alcabala” era un impuesto real que se cobraba por toda transacción mercantil; principalmente se pagaba por todos los bienes raíces, muebles y semovientes, ventas, trueques y traspasos de propiedad inmueble, tanto rural como urbana.

 La liberación de cargos y contribuciones concejiles y reales era en un principio exclusivo para personas privilegiadas por razón de los títulos nobiliarios que poseían. Pero este número de exentos de contribuciones se fue ampliando a otros sectores y gremios, tales como los miembros de la Santa Hermandad, los pecheros, los estanqueros, zapateros, guardas y molineros - como era el caso del molinero de Cacín. Ello suponía un alto porcentaje del vecindario; y por ello, en 1728, se dictó real provisión para suspender los privilegios usados por administradores. 

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Vídeo didáctico-narrativo

 

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