La delegada del Gobierno recibe al Defensor del Pueblo Andaluz

Instituciones

  La delegada del Gobierno, Sandra García, ha recibido en la sede de la Junta de Andalucía en Granada al Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, en la que ha sido su primera visita institucional a Granada desde su nombramiento el pasado año.

  Durante el encuentro, la responsable del Gobierno andaluz en Granada agradeció la visita a Maeztu y ofreció su apoyo y colaboración para avanzar en la solución de los asuntos que más preocupan a los granadinos, principalmente aquellos en los que la administración autonómica es competente.

¿Quién es el Defensor del Pueblo Andaluz?

 Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, nacido en Medina Sidonia (Cádiz) en 1943 y Medalla de Andalucía 2010, es profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad de Sevilla y desde 2003 ha estado al frente del Comisionado del Polígono Sur sevillano para recuperar esta zona, una de las más deprimidas de la capital andaluza. Maeztu ya desempeñó en funciones entre 1995 y 1996 el cargo de Defensor del Pueblo Andaluz, en sustitución de su titular, Manuel Conde-Pumpido Ferreiro.

 Ha sido designado Defensor del Pueblo Andaluz por el Pleno del Parlamento de Andalucía el día 12 de Junio de 2013.

¿Qué es el Defensor del Pueblo Andaluz?

 El Defensor del Pueblo Andaluz es una Institución creada para la protección de los derechos y las libertades.

 Es un Comisionado del Parlamento y ayuda a las personas para resolver problemas o conflictos que hayan surgido en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

 Su intervención es gratuita, sencilla y reservada. Actúa de manera independiente, con transparencia y objetividad.

¿Cuándo se acude al Defensor?

 Cuando estimemos que la actuación de una Administración no ha sido correcta y afecte a nuestros derechos y libertades.

 La capacidad del Defensor del Pueblo Andaluz es muy amplia y se adapta a la variedad de casos en los que las personas se relacionan con todas las modalidades de Administraciones y Entidades Públicas.

¿Quién puede acudir?

 Cualquier persona puede pedir la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz.

 Sin distinción de edad, origen, residencia o nacionalidad. Y cualquiera que sea su situación: privación de libertad, discapacidad.

 También las asociaciones, entidades o personas jurídicas pueden acudir al Defensor.

¿En qué casos no puede intervenir el Defensor?

 Existen casos recogidos en quejas que no pueden ser tramitadas por el Defensor por los motivos que señala la ley.

 El Defensor del Pueblo Andaluz no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares, ni tampoco en asuntos que están planteados ante la Justicia, salvo en los casos de retrasos indebidos.

 A pesar de no poder tramitar este tipo de quejas, el Defensor del Pueblo Andaluz explica a la persona interesada las razones que no le permiten tratar su reclamación y, además, le ofrece asesoramiento sobre otras posibles vías para atender sus intereses.

¿Cómo se presenta y tramita una queja?

 Es muy sencillo. Basta con dirigir su reclamación explicando el problema que ha surgido con la Administración o el organismo afectado. Conviene acompañar los escritos o documentos que ayuden a comprender los motivos de la queja.

 La queja debe estar firmada y además indicar una dirección donde enviar las comunicaciones y las respuestas del Defensor: Los trámites son ágiles, gratuitos y confidenciales. Puede hacernos llegar su escrito firmado de queja por fax: Telf.: 954 21 44 97, por correo ordinario: C/ Reyes Católicos, 21. 41001 Sevilla, por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (teniendo la precaución de adjuntar al correo un archivo que contenga el escrito de queja debidamente firmado), por internet, ya teniendo firma digital en nuestra sede electrónica o sin firma digital (teniendo también, en este caso, la precaución de adjuntar un archivo que contenga el escrito de queja debidamente firmado); puede ver un vídeo donde le explicamos en algo más de un minuto cómo presentar una queja sin firma digital en nuestra web.

 El Defensor del Pueblo Andaluz envía un acuse de recibo a quien presenta su queja para confirmarle que su reclamación ha llegado y que su problema será estudiado.

 Cuando la queja permite al Defensor intervenir, se admite a trámite pidiendo a la administración afectada toda la información que aclare los motivos de la reclamación presentada.

 El Defensor del Pueblo Andaluz manifestará su opinión acerca de la queja que ha investigado y, si el caso lo requiere, podrá solicitar a la Administración cualquier medida que ayude a corregir el conflicto.

 En todo momento el Defensor mantiene informada a la persona interesada de las actuaciones que realiza y del resultado final de su intervención.

¿Dónde está el Defensor?

Dirección: C/Reyes Católicos, nº. 21 - 41001, Sevilla
Teléfono: 954 21 21 21
Fax: 954 21 44 97
Página Web: www.defensordelpuebloandaluz.es
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Vídeo explicativo